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LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA EN ESPAÑA En esto no se ha seguido en España un orden racional, ni para la creación de ministerios, ni para la distribución entre los que existen de los ramos administrativos. La existencia de muchos, ministerios es perturbadora: sufre la administración graves entorpecimientos, por lo lenta y difícil que se hace la comunicación e inteligencia entre los ministerios. Para que la administración sea rápida y poco costosa, es necesario que sea muy reducido el número de estos. Las naciones tienen vida interior y vida de relación. Para la vida exterior basta un gran centro, que puede llamarse de relaciones exteriores. La vida interior puede regirse con dos: uno que se encargue de la Hacienda, y otro que cuide de todo el movimiento social, no económico. La mayor parte de los actuales ministerios pudieran reducirse a Direcciones generales. Debe ser regla de toda buena administración, ministerios y muchas direcciones, y en ellas personal posible para atender con prontitud a las necesidades publicas, y la mayor sencillez imaginable en la tramitación y despacho de los negocios. Este es el único medio de corregir el vicio administrativo conocido con el nombre de expedienteo. En España tienen las corporaciones locales el carácter de agentes de la administración central. Y asi como en los últimos grados de la jerarquía las funciones de la administración se dividen, en los inferiores se concentran: seis son los centros en España a cuyo impulso se mueve toda la máquina administrativa y en las provincias es el Gobernador el jefe de toda la Administración y el representante de los seis ministros. Los Ayuntamientos son en las localidades los agentes de la Administración con el carácter de delegados del poder central. Pero meros delegados en la ejecución de las órdenes superiores, y subordinados a la omnipotencia del Gobierno y de sus representantes en las provincias en el desempeño de las funciones propias de los Ayuntamientos con arreglo a la ley. Viven las provincias y los municipios sometidos a la tutela del Estado; tutela que ha ejercido tan torpemente, que en vez de prepararlos y educarlos para entrar en la vida que por naturaleza deben gozar, los somete cada día a más estrecha vigilancia y dependencia. La tutela ha matado la iniciativa de los organismos municipales y ha engendrado la más absurda servidumbre administrativa.
2014 - Diccionario Enciclopédico Hispano-Americano Siglo XIX. Aviso Legal