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ADUANA

LA ADUANA EN LA HISTORIA


Las facilidades y los recursos con que brinda la exacción de los derechos de aduanas nos explican lo antiguo de su origen, pues pocos son los impuestos que pueden presentar una tan larga genealogía como el que ahora nos ocupa.

Conocióse en todos los pueblos de la antigüedad donde tuvo alguna extensión el comercio y sabemos de la India que rigieron allí aranceles sobre el valor de las importaciones y exportaciones.

Los griegos cobraban la quincuagésima parte de su valor, o sea un 2 por 100, a todas las mercaderías que arribaban a los pueblos del Pireo y tenían además establecidos derechos de exportación, de circulación y de tránsito, aunque moderados siempre y diferentes en cada uno de los Estados en que aquel pueblo se hallaba dividido.

En Roma las aduanas existen desde los primeros tiempos de la monarquía y su creación se atribuye a Anco Marcio, quien, al hacerse dueño de Ostia, abrió aquel puerto al comercio con los extranjeros. De aquí sin duda la denominación de portorium (a porto), que se dio al impuesto y que conservó después a pesar de haberse extendido a los productos que circulaban por tierra.

Tito Livio dice que los cónsules suprimieron las aduanas; pero muy luego hubo necesidad de restablecerlas en las provincias, y Cesar al llevar a cabo sus grandes reformas financieras, volvió a dar generalidad a ese tributo, que experimentó frecuentes alteraciones, siendo su cuota en tiempo de los emperadores bizantinos de un 12 y medio por 100 sobre el valor de los géneros.

El portorium comprendía también los derechos de peaje, portazgos, y pontazgos, etc., y alcanzaba en esta forma a toda clase de objetos, inclusos los cadáveres que se trasladaban de una parte a otra, y los esclavos, cuyos dueños hacían el contrabando vistiéndoles para su entrada el traje reservado a las personas libres.

Arrendado el impuesto, los publicanos que corrían con su cobro llamábanse partitores, y le sacaban con tanta dureza que la república le abolió, según Cicerón afirma, no por el gravamen mismo, non portorii onus, si no por los abusos que la recaudación producía, sed portitorum injuriae.

Durante los primeros siglos de la Edad Media impónese la circulación de la riqueza sin norma, ni medida alguna: los señores feudales en sus dominios y los reyes en las inciertas fronteras, cobran derechos, generalmente proporcionados no al valor sino a la cantidad de los géneros, unas veces en especie, otras en numerario, ora distinguiendo la nacionalidad, la procedencia el destino, ora con tipos uniformes, confundiéndose en estas exacciones, que se modificaban cada día, el verdadero impuesto de aduanas con los de tránsito, de venta, de consumo, etc.

Refiere Cibrario que en la parte de Italia sujeta a los normandos se conocieron derechos de dohana, que eran de un tanto por ciento sobre el valor de todos los productos; Mac-Culloch afirma que en Inglaterra existían las aduanas antes de la conquista normanda, y en esos dos pueblos es donde antes se restablece un régimen normal arancelario.

Renta de aduana

Derechos de importación, exportación y tránsito

La aduana como institución fiscal y de protección

Derechos de aduana ad valorem y específicos

La aduana en la historia

La aduana inglesa

La aduana francesa

La aduana italiana

La aduana en Alemania

La aduana en España
- Restricciones al comercio exterior
- Revisión de la organización aduanera
- Antecedentes de la reforma de la ley aduanera
- Disposiciones de la nueva ley aduanera
- Problemas con el nuevo régimen aduanero
- Disminución de los derechos aduaneros
- Características de la ley aduanera de 1882
- Ordenanzas aduaneras de 1884

Organización de la administración de aduana

Infracciones penales de las ordenanzas de aduanas

La renta de aduanas en España

Reformas pendientes de la ley aduanera española

2014 - Diccionario Enciclopédico Hispano-Americano Siglo XIX. Aviso Legal